El nuevo código civil trajo consigo varias modificaciones, aquí te contamos los cambios más relevantes en el plano del derecho de familia.

El nuevo código civil y el derecho de familia

Las reformas del código civil afectaron en buena medida al derecho de familia. En este artículo te contamos cuáles son los aspectos más relevantes que se modificaron a partir de la nueva normativa.

- El proceso de divorcio. Con los cambios del código civil una pareja ya se puede divorciar si uno de los cónyuges manifiesta su intención de disolver el matrimonio. Es decir, ya no es obligatorio que exista mutuo acuerdo o que se cumpla un plazo determinado luego de haber celebrado el matrimonio. El cónyuge que manifieste intención de divorcio no precisa acreditar una causa particular.

- El concubinato tendrá una regulación mediante la unión convivencial. Los pactos de convivencia deberán inscribirse en un registro correspondiente con el objetivo de regularizar cuestiones como la contribución al hogar o la división de bienes en caso de separación.

- Con el nuevo código civil se pretende agilizar los trámites de adopción. Además, se admite adoptar por integración, para el hijo del cónyuge o conviviente.

- La cuota alimentaria se extiende hasta los 21 años de edad. En caso de que el hijo continúa estudios terciarios o universitarios, el deber alimentario puede dilatarse hasta los 25 años. Si el padre desea liberarse de su responsabilidad alimentaria debe acreditar correspondientemente que el hijo ya puede suministrárselos.

Más sobre el codigo civil y el derecho de familia

- Con las reformas del código civil en el derecho de familia, el hijo puede tener el primer apellido de cualquiera de los dos padres. Si alguna de las partes lo solicita, se puede agregar el del otro cónyuge. Es importante aclarar que todos los hijos que sean fruto de ese matrimonio deberán llevar el mismo apellido.

- Los hijos que nacen por técnicas de reproducción asistida serán asimismo hijos de quien haya proporcionado previamente su consentimiento, informado e inscripto en el Registro Civil.

- Ya se antes o durante el matrimonio la pareja puede elegir un régimen de comunidad de bienes o de separación. De este modo, mediante estas convenciones matrimoniales se deja por sentado que cada uno es propietario de ciertos bienes y si se separa le corresponde quedarse con ellos.


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